Horas extraordinarias y complementarias

Con la llegada de la campaña de Navidad la mayoría de los trabajadores hacen horas extras. ¿Se pueden negar a hacerlas?

¿Qué se considera horas extraordinarias?

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 35 que se considerarán horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. En ese mismo artículo en el apartado 4 dice que la prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo. Además, la realización de horas extraordinarias se registrará día a día y se totalizarán semanalmente, entregando copia del resumen semanal al trabajador en el parte correspondiente.

Prohibiciones. Está prohibida la realización de horas extraordinarias en los siguientes supuestos:

  • Los trabajadores que sean menores de 18 años.
  • Los trabajadores nocturnos, con las excepciones que marca la ley.
  • Los trabajadores con contratos para la formación y el aprendizaje.
  • Los trabajadores a tiempo parcial, con las excepciones que marca la ley.

¿Hay un máximo de horas que puede hacer un trabajador?

El número de horas extraordinarias que como máximo puede realizar un trabajador es de 80 horas anuales, dentro de éstas no se computan las que se tuvieron que realizar por razones de fuerza mayor. No se computaran las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias. Seguir leyendo «Horas extraordinarias y complementarias»

Expediente de regulación de empleo (ERE)

¿Qué es un ERE?

En las últimas semanas Fagor, el Banco Popular, Evo Bank, etc, han anunciado que aplicaran remodelaciones en la plantilla a traves de un Expediente de Regulación de Empleo, conocido con las siglas ERE.

Tipos de ERE

Dependiendo de la medida que vaya a tomar la empresa, llevará a cabo un tipo de medidas que pasan por la reduccion de la jornada, la suspension del contrato de trabajo o el despido. En los tres casos, las causas que los justifican y los procedimientos están recogidos en el Estatuto de los Trabajadores (ET): articulo 51 para los despidos colectivos y artículo 47 para la suspensión de contrato y reducción de jornada. En este post hablaremos solo del ERE de extinción.

ERE de extinción

Es el que se conoce como despido colectivo y el que por tanto comporta las consecuencias más graves para los trabajadores.

Su aplicación supone que cesa definitivamente la relación laboral entre la empresa y la parte de los trabajadores a los que les afecte.

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Traslados y desplazamientos de los trabajadores

Los cambios de sede de diversas empresas a otras comunidades autónomas está generando desconcierto en los trabajadores. Para los casos en los que este cambio implique movimiento de trabajadores, ¿qué derechos les corresponde?

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Rebelión & Sedición

El delito de sedición viene tipificado en el Capítulo I del Título  XXII del Código Penal, dentro de los delitos contra el orden público, concretamente en los artículos 544 a 549. A pesar de que todos los medios lo están asimilando al delito de rebelión, conviene saber que el delito de rebelión está en el Título XXI, dentro de los delitos contra la Constitución.

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Reclamar un vuelo a las aerolíneas

Existen infinidad de reclamaciones a las aerolíneas: de daños y perjuicios sufridos en supuestos de pérdida de equipajes, retrasos, cancelaciones, perdidas de conexiones, pérdida de días de vacaciones o actividades de trabajo, reclamaciones por daño moral, etc. Las compañías sistemáticamente desoyen las reclamaciones extrajudiciales y fuerzan al cliente a acudir a los tribunales.

El cliente siguiendo el reclamo de “solo cobramos si usted cobra” suele acudir a páginas web de “reclamadores” que finalmente sí cobran un alto porcentaje de lo percibido por el cliente, se aseguran las costas del procedimiento en detrimento de los intereses del usuario y no atienden reclamaciones que se salgan de su demanda estandarizada, a pesar de que son  reclamaciones legítimas que, eso sí,  suponen estudio y preparación para que prosperen.

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Pacto de Estado contra la violencia de género

El pacto de estado contra la violencia de género,  que se ratificará hoy en la Comisión de Igualdad de la Cámara Baja, contiene mas de 200 medidas pactadas por todos los grupos parlamentarios y su dotación presupuestaria asciende a 1.000 millones de euros durante cinco años. Estas son las principales medidas:

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El delito de atentado contra la autoridad

El delito de atentado contra agentes de la autoridad (policía, guardia civil, etc.) viene contemplado en el artículo 550 del Código Penal:

“Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

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Cámaras de videovigilancia en la empresa

Cada vez prolifera más la instalación por las empresas de cámaras de videovigilancia, sobre todo en aquellas donde los empleados manejan a diario dinero o bienes fungibles. Ante la sospecha de la comisión de hurtos no se duda en instalar cámaras que enfocan directamente cajas registradoras o almacenes con el fin de cazar “con las manos en la masa” al presunto ladrón. Otras, en cambio, se dotan de estos artilugios para garantizar la seguridad de sus empleados y la de terceros que acceden a las instalaciones de la compañía. En ambos casos, se obtienen imágenes que pueden ser utilizadas por la empresa como medio de prueba en contra del trabajador cuando sobre él preexiste una situación de desconfianza.  En este contexto, se plantean algunos interrogantes que es necesario tener en cuenta.

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Historia Clínica, ¿Confidencialidad?

La Historia Clínica, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), constituye información especialmente protegida dado que se trata de datos de salud de las personas. Las consecuencias de una disposición arbitraria y discrecional de la misma sin el consentimiento expreso del propio paciente o sin habilitación legal en su defecto, puede conllevar a la pertinente sanción para su autor.

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Barrido masivo de información tras despido

Empleado que tras despido realizó un barrido masivo de información y anuló las claves de acceso a las cuentas publicitarias

Era director de desarrollo de negocio en una empresa de gestión on line del patrimonio de ahorradores. De un día para otro le despidieron, y él decidió vengarse. Provocó el caos en cuestión de horas, anulando las claves de acceso a las cuentas en el servicio publicitario Google Adwords y remitiendo mails a los clientes con información falsa y maliciosa sobre el estado económico de la empresa. Ahora la Audiencia Provincial de Madrid le absuelve del delito de daños informáticos porque no pueden probarse y cuantificarse los daños, pero mantiene su condena por injurias, por el que deberá indemnizar a su ex empresa con 3.000 euros.

La Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente (Sentencia 23/2017, de 10 de enero; Recurso 1555/2016) el recurso de apelación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 25 de Madrid. El tribunal revoca dicho fallo en el único sentido de absolver al acusado de un delito de daños informáticos. Confirma sin embargo el fallo condenatorio por un delito de injurias graves, con la atenuante de dilaciones indebidas, y absolutorio por un delito de revelación de secretos.

La empresa para la que trabajaba funcionaba solo en internet

Según los hechos el acusado, Director de Desarrollo del Negocio para la entidad Comunitae, S.L., como represalia por su despido anuló, el mismo día de su cese, las contraseñas de acceso a las cuentas en el servicio publicitario Google Adwords de su empresa, dedicada a gestionar el patrimonio de ahorradores, y que funcionaba exclusivamente por internet. Así mismo ordenó el barrido masivo de toda la información y campañas de publicidad de la empresa y del servicio de gestión de proyectos Uinfudle. Las contraseñas de ambas plataformas pudieron ser recuperadas horas más tarde, y restaurados los servicios.

El mismo día de autos también envió de forma masiva un correo electrónico a varias decenas de clientes de la empresa, firmando como director de la misma, informando falsamente de que ésta entraba en situación de concurso de acreedores por falta de viabilidad, circunstancia que era totalmente falsa.

Finalmente, el día siguiente al despido, utilizando la cuenta de correo electrónico de la empresa, envió un email a 68 usuarios de la compañía adjuntando un listado de clientes en los que figuraba nombre, apellidos, dirección de email, teléfono, saldo de su cuenta y morosidad de la inversión. Seguir leyendo «Barrido masivo de información tras despido»

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